Sistema de Focalización de Hogares mejorado


Directiva del Midis permitirá agilizar los procesos de clasificación socioeconómica con un enfoque de interoperatividad y gobierno electrónico.

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó la Directiva Nº 001-2020, que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) con la finalidad de mejorar la atención a las personas usuarias, agilizando y volviendo más eficientes los procesos, a través de la “interoperabilidad” y el gobierno electrónico, promoviendo y garantizando la calidad de la información.

La directiva, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 032-2020-MIDIS, establece las disposiciones para ejecutar el proceso de determinación de la Clasificación Socioeconómica (CSE) y la gestión del Padrón General de Hogares (PGH), las cuales deberán ser implementadas en 180 días.

La norma es de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes del SISFOH, conformado por la Dirección General de Focalización del Midis y sus unidades orgánicas, los gobiernos locales, las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE) y las entidades a cargo de la implementación de las Intervenciones Públicas Focalizadas (IPF). Además, dispone las responsabilidades de las ciudadanas  y los ciudadanos en dicho proceso.

Operatividad del SISFOH
Para la atención de la solicitud de determinación de CSE de los hogares, la directiva establece un plazo no mayor a 25 días hábiles en el ámbito urbano y 40 días hábiles en el ámbito rural, desde la fecha de presentación de la solicitud en la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de la municipalidad de residencia.

Esta normativa técnica señala que los hogares podrán solicitar la actualización de sus CSE dentro del último año de vigencia de la misma, a fin de tener un plazo oportuno para mantener actualizada su información y vigente la afiliación a los programas sociales o subsidios del Estado que vengan recibiendo.

Asimismo, los hogares podrán registrar a miembros que se encuentren temporalmente residiendo en otros domicilios por estudios, servicio militar u hospitalización, sin necesidad de una nueva visita a la vivienda, mediante el registro de dichas direcciones ante la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de la municipalidad de residencia principal.

Cabe mencionar que la nueva directiva establece nuevos plazos de vigencia de la CSE: cuatro años para los hogares en el ámbito urbano, seis años en el ámbito rural, y ocho años para hogares que forman parte de los Pueblos Indígenas de la Amazonía reconocidos por el Ministerio de Cultura.

Responsabilidad ciudadana
La ciudadanía debe colaborar con la ULE y los demás integrantes del SISFOH en todo el proceso de determinación de la CSE, declarando información completa y verdadera, brindando el acceso a su vivienda al personal de la municipalidad durante el proceso de recojo de información, manteniendo dicha información actualizada y consultando el resultado de su CSE en el aplicativo “Consulta Mi Hogar” o en la ULE de la municipalidad de residencia.

El incumplimiento de dichas responsabilidades podría generar la anulación o cancelación del trámite de determinación de la clasificación o de la CSE que haya obtenido el hogar, o la desafiliación de los programas sociales o subsidios del Estado a los que se encuentre afiliado el usuario. 

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