Contraloría suspende eficacia de reglamento y plan para implementar la Ley del Auditor
· Análisis técnico estableció que no se cuenta con recursos necesarios para dar sostenibilidad a acciones vinculadas a dicha ley
Según
una resolución de Contraloría, publicada ayer en la edición
extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial, El Peruano, la decisión
de la entidad de control se basó en los argumentos técnicos establecidos por
las gerencias de Capital Humano, de Modernización y Planeamiento y de Asesoría
Jurídica. Entre las principales conclusiones del análisis figura los excesivos
recursos que iba a demandar la implementación de las acciones para el tránsito
a la Carrera del Auditor Gubernamental.
Es así
que, de acuerdo a proyecciones realizadas por la Contraloría, los gastos
correspondientes al rubro de Gastos de Personal, Obligaciones Sociales y
Contribuciones a la Seguridad Social que generen la implementación de la ley, ascienden
a S/ 341 138 784 para el 2024 y a S/ 976 280 914 para el año 2025.
Mientras
que la proyección de gastos por el seguro médico de la EPS para el año 2024 es
de S/ 25 418 000 y para el año 2025 es de S/ 85 705 200, según la información
reportada por la Subgerencia de Bienestar y Relaciones Laborales. Mientras que
el gasto proyectado para el pago de Liquidaciones de Beneficios Sociales del
personal que se traslade al régimen de la carrera del Auditor Gubernamental
asciende a S/ 145 942 846.43.
Asimismo,
se calculó que el gasto requerido para el Programa de Desvinculación
Voluntaria, contemplado en la normativa que ha sido suspendida, asciende a
S/ 97 502 567.64.
Impacto en financiamiento
Por
otro lado, el análisis efectuado por la Contraloría señala que la vigencia del artículo
14 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, que estableció la exclusividad del uso
de los recursos transferidos de la Ley N° 31358 para el año 2024; dispuso, entre otras medidas, la reversión a
favor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de un total de S/ 608
millones, lo cual impacta en la ejecución de los servicios de control gubernamental
a nivel nacional programados en el Plan Nacional de Control para el Año Fiscal
2025.
A esto
se suma que la Novena Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N°
32103, establece, entre otros, que los recursos que recibe la Contraloría
General por el cumplimiento de la Ley N° 31358 “Ley que establece medidas para
la expansión del control concurrente”, son utilizados, exclusivamente, para las
acciones de control concurrente de las inversiones para las cuales se
transfieren dichos recursos, lo cual impacta directamente en el financiamiento
de la implementación de la Ley N° 32064.
También
se determinó las transferencias que reciba la Contraloría en el marco de la Ley
N° 31358 no podrán ser orientados al pago de planillas de remuneraciones ni a
los gastos vinculados a la implementación de la Ley N° 32064 y sus
disposiciones; así como la asignación presupuestaria para el Año Fiscal 2025 es
insuficiente para cubrir la totalidad de los gastos proyectados de planillas de
remuneraciones, entre otros.
Según el análisis de la
Contraloría, la entrada en vigencia de la Novena Disposición Complementaria
Modificatoria de la Ley N° 32103 constituye
una situación sobreviniente a la dación de la Ley N° 32064 y que ha provocado
que no se cuente con los recursos necesarios para dar sostenibilidad al recurso
humano que constituye el mayor componente para la incorporación a la Carrera
del Auditor Gubernamental, y, por ende, no se podría alcanzar la eficacia de sus
disposiciones contenidas en el reglamento de dicha ley, ni del Plan de
Implementación y Tránsito a la Carrera del Auditor Gubernamental, por haberse
producido un evento de naturaleza presupuestal que condiciona de forma
suspensiva la eficacia de las mismas.
A la luz de estos argumentos, resulta jurídicamente viable emitir la resolución de Contraloría que dispone la suspensión de la eficacia del reglamento de la Ley N° 32064 y del Plan de Implementación y Tránsito a la Carrera del Auditor Gubernamental.
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